▷ Matrimonio Civil ante Notario en Andalucía: Requisitos, Precio y Formularios

▷ Matrimonio Civil ante Notario en Andalucía (Todo lo que debes saber) ◁

Casarse mediante matrimonio civil ante notario en Andalucía es actualmente una de las formas más rápidas y eficientes de formalizar una unión legal en España. Descubre los requisitos, precios y descarga los formularios de trámite gratuitos.

Casarse debería ser un motivo de alegría, pero las interminables listas de espera de los Registros Civiles en provincias como Málaga, Sevilla o Cádiz suelen convertir el papeleo en una pesadilla. Desde la entrada en vigor de la Ley de Jurisdicción Voluntaria y su posterior actualización, formalizar tu matrimonio ante notario es la alternativa más ágil, flexible y segura.

En este artículo no solo te explicamos el proceso, sino que, a diferencia de otros portales, te resolvemos el problema real incluyéndote los formularios y modelos de declaración que te pedirán en la notaría.

1. ¿Qué es el matrimonio civil ante notario y sus ventajas?

El matrimonio civil ante notario es un procedimiento legal mediante el cual un funcionario público (el notario) autoriza la unión entre dos personas, otorgándole plena validez jurídica e inscribiéndola directamente en el Registro Civil. En Andalucía funciona igual que en el resto de España, pero con una ventaja táctica importante: la altísima disponibilidad y capilaridad de despachos notariales en sus 8 provincias.

⚡ Ventajas de elegir la vía notarial

  • Adiós a las listas de espera: Menos tiempo de espera que en el Registro Civil (meses de diferencia).
  • Mayor flexibilidad de fechas: Puedes elegir el día y la hora que mejor os convenga, e incluso negociar que el notario se desplace al lugar de la celebración (con un coste extra).
  • Tramitación completa: Desde 2021, los notarios no solo «casan», sino que también pueden tramitar el farragoso Expediente Matrimonial previo.
  • Cercanía: Posibilidad de elegir libremente al notario más cercano a tu domicilio.

2. Requisitos legales en Andalucía

Para poder contraer matrimonio en cualquier notaría andaluza, la legislación española exige cumplir con unas garantías básicas:

  • Capacidad: Ser mayor de edad (18 años) o menor legalmente emancipado (a partir de 16 años).
  • Estado civil: No estar casado previamente de forma legal. Si te has divorciado o enviudado, debes poder acreditarlo documentalmente.
  • Libertad: Prestar el consentimiento de forma libre y voluntaria (sin coacciones).
  • Ausencia de parentesco: No tener parentesco directo en línea recta por consanguinidad (padres/hijos) ni colateral hasta el tercer grado (hermanos, tíos/sobrinos).

3. Documentación obligatoria (¡No pierdas tiempo!)

Aquí es donde la mayoría de los novios pierden tiempo valioso. Si quieres que el trámite fluya, debes presentarte en la notaría con esta carpeta impecable:

  • Documento de identidad: DNI, Pasaporte o NIE original y en vigor de ambos contrayentes.
  • Certificado literal de nacimiento: Expedido por el Registro Civil del lugar de nacimiento (se puede pedir online con certificado digital). Debe ser reciente (máximo 6 meses).
  • Certificado histórico de empadronamiento: Que acredite el domicilio de los dos últimos años de ambos contrayentes (imprescindible para fijar la competencia territorial del notario).
  • Declaración jurada de estado civil: Un documento donde afirmáis vuestra soltería (tienes el modelo en el siguiente punto).
  • Documentación adicional: Si aplicara, el certificado literal de matrimonio anterior con anotación marginal de divorcio, o el certificado de defunción del cónyuge anterior.

4. Modelos y Formularios Gratuitos (Listos para usar)

Aquí te proporcionamos los borradores de los textos que tendrás que firmar o solicitar para agilizar tu expediente matrimonial. Puedes copiarlos, imprimirlos y rellenarlos en casa.

Solicitud de Inicio de Expediente Matrimonial

AL NOTARIO ILUSTRE DEL COLEGIO DE ANDALUCÍA:

DATOS DE LOS CONTRAYENTES:

Don/Doña:
Con DNI/NIE:
Domicilio en:
Fecha de nacimiento:

Don/Doña:
Con DNI/NIE:
Domicilio en:
Fecha de nacimiento:


EXPONEN:

Que es su firme propósito contraer MATRIMONIO CIVIL, a cuyo efecto promueven la instrucción del Acta Previa de Capacidad Matrimonial contemplada en el artículo 58 de la Ley del Notariado y concordantes del Código Civil.

SOLICITAN:

Que se admita este escrito y los documentos adjuntos, y se inicien los trámites del expediente para autorizar la correspondiente escritura pública de matrimonio.


En , a de de .


Firma Contrayente 1: ______________________     Firma Contrayente 2: ______________________

Declaración Jurada de Estado Civil

Yo, Don/Doña , mayor de edad, con DNI/NIE número y domicilio en .

DECLARO BAJO JURAMENTO / PROMESA:

Que mi estado civil actual es el de [SOLTERO/A – DIVORCIADO/A – VIUDO/A], y que no existe impedimento legal alguno ni vínculo matrimonial vigente que obstaculice mi voluntad de contraer matrimonio civil ante notario.

Firmo la presente declaración a los efectos oportunos en la instrucción del expediente matrimonial.


En , a de de .


Firma: ______________________

5. El proceso: Del Expediente a la Firma

El procedimiento notarial en Andalucía está perfectamente estructurado en cuatro fases clave:

1. Tramitación del Acta Previa (El Expediente Matrimonial)

Antes de casarse, el Estado debe comprobar que no hay fraudes (como bodas de conveniencia). Desde 2021, puedes pedirle a un notario que tramite este «Expediente». Entregáis los documentos del punto 3 y rellenáis la solicitud.

2. Entrevista con el notario y testigos

El notario os entrevistará de forma individual y conjunta, y tomará declaración a un testigo (que debe conoceros pero preferiblemente no ser familiar directo) para confirmar la veracidad de la relación.

3. Aprobación del Expediente

Si todo es correcto, el notario emite un juicio favorable (autoriza el acta). Con este acta aprobada, ya sois libres de elegir la fecha de la boda.

4. La firma del Matrimonio (La Boda)

El día elegido acudís a la notaría junto con dos testigos mayores de edad. El notario leerá los artículos 66, 67 y 68 del Código Civil, os preguntará si consentís en contraer matrimonio, y tras el «Sí, quiero», firmaréis la Escritura Pública. El notario se encargará de inscribir la boda telemáticamente en el Registro Civil de inmediato.

Firma de escritura de matrimonio civil notarial

6. Precio y tiempos: ¿Cuánto tarda y cuánto cuesta?

⏱️ Los tiempos de espera

  • El Expediente Matrimonial: Mientras que en un juzgado puede tardar entre 4 y 10 meses, en una notaría andaluza la resolución del acta suele estar lista entre 2 y 5 semanas.
  • El Matrimonio: Una vez aprobado el expediente, la firma de la boda puede ser prácticamente inmediata, según la agenda de la notaría.

💰 El Precio del Matrimonio Notarial

Los honorarios de las notarías están regulados por aranceles estatales, pero las bodas tienen cierta variabilidad por los folios de las actas y las posibles salidas del despacho. Como norma general, el presupuesto en Andalucía es el siguiente:

  • Coste del Acta Previa (Expediente): Suele rondar los 150 € – 200 €.
  • Coste de la Escritura de Matrimonio: Suele oscilar entre 150 € y 300 €.
💡 Factor ahorro: Si tramitas el expediente y te casas en la misma notaría, el proceso es más fluido. Si pides que el notario se desplace un sábado a una finca o restaurante en Sevilla, Málaga o Cádiz para oficiar la boda allí, el precio de salida de la notaría y las dietas aumentarán considerablemente el presupuesto final.

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Preguntas Frecuentes sobre la Boda Notarial

¿Cuánto tarda casarse ante notario en Andalucía?

Desde 2021, los notarios pueden tramitar el Expediente Matrimonial inicial. Esto ha reducido los tiempos enormemente frente a los Juzgados. El expediente notarial suele tardar entre 2 y 5 semanas en resolverse, y la firma de la boda es inmediata tras su aprobación.

¿Cuánto cuesta casarse ante notario?

El precio del matrimonio civil ante notario suele oscilar entre los 150 € y los 300 €, dependiendo de la notaría, la extensión de la escritura, y de si la boda se celebra en horario de oficina o se solicita que el notario se desplace en fin de semana.

¿Cuántos testigos necesito para una boda notarial?

La ley exige la presencia obligatoria de dos testigos mayores de edad el día de la firma de la escritura de matrimonio. Además, durante la tramitación del expediente previo, se requerirá al menos un testigo adicional que dé fe de la veracidad de la relación.

¿Dónde puedo tramitar el Expediente Matrimonial?

Actualmente puedes tramitarlo de forma gratuita en el Registro Civil de tu localidad (aunque las listas de espera son de meses) o directamente en la Notaría de tu elección, asumiendo los honorarios correspondientes (aranceles) pero ganando una rapidez inmensa.

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    Fuentes y Referencias Legales

    La información legal contenida en este artículo ha sido redactada de acuerdo a las siguientes normativas oficiales vigentes en España:

    • Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria: Que introdujo la competencia de los notarios para celebrar matrimonios.
    • Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil (y sus modificaciones de 2021): Que habilita a los notarios para la instrucción completa del Acta Previa o Expediente Matrimonial.
    • Código Civil de España: Artículos 51 a 58 (Requisitos del matrimonio) y Artículos 66 a 68 (Celebración y consentimiento).